¿Cómo se calcula la pensión alimenticia mínima?
La tabla oficial define seis niveles de ingreso y un porcentaje para cada combinación de número de hijos y edad. Se parte del ingreso neto mensual del alimentante (sueldo menos IESS); si gana menos del salario básico, la base mínima es un SBU ($482). Sobre esa base se aplica el porcentaje: desde el 28.12% (nivel 1, un hijo menor de 3 años) hasta más del 54% para tres o más hijos. Si el hijo tiene discapacidad certificada, se suma un valor fijo según el grado y el nivel de ingresos.
¿Qué dice la norma?
La tabla vigente consta en el Acuerdo Ministerial MDH-DM-2026-0005-A del Ministerio de Desarrollo Humano, que actualiza los parámetros del Código de la Niñez y Adolescencia. Es el piso legal: el juez puede fijar una pensión mayor considerando las necesidades del beneficiario y la capacidad económica real del alimentante, pero nunca menor a la tabla. El pago se canaliza por el sistema SUPA de la Función Judicial, y el retraso habilita apremio personal, retención de valores y prohibición de salida del país.
Ejemplo práctico
Un padre con ingreso neto de $800 (nivel 2) y un hijo de 5 años: 36.96% × $800 = $295.68 mensuales. Si el hijo tuviera discapacidad moderada, se sumarían $59.09: total $354.77. Con dos hijos y el mismo ingreso, el porcentaje sube al 49.51% ($396.08, unos $198 por hijo). Quien gana $400 — menos que el básico — no calcula sobre $400 sino sobre los $482 del SBU: la base mínima protege al beneficiario.