¿Cómo se reparten las utilidades?
Las empresas con fines de lucro deben repartir el 15% de sus utilidades líquidas entre sus trabajadores. Ese 15% se divide en dos bolsas: el 10% se distribuye entre todos en proporción a los días trabajados durante el ejercicio fiscal, y el 5% en proporción a las cargas familiares. Por eso dos compañeros con el mismo tiempo de trabajo pueden recibir montos distintos: quien tiene hijos menores o cónyuge recibe una porción adicional de la segunda bolsa.
¿Qué dice la ley?
El Art. 97 del Código del Trabajo establece el derecho y la fórmula del reparto; el pago debe hacerse hasta el 15 de abril de cada año. Cuentan como cargas el cónyuge o conviviente y los hijos menores de 18 años (o de cualquier edad con discapacidad). Existe un techo por trabajador de 24 salarios básicos ($11,568 en 2026): lo que exceda ese límite se transfiere al régimen de prestaciones solidarias de la seguridad social.
Ejemplo práctico
Una empresa declara $50,000 de participación laboral. Trabajaste el año completo (360 días), la nómina suma 3,600 días y tienes 2 de las 12 cargas de la empresa. La bolsa del 10% es $33,333.33: tu décima parte por tiempo es $3,333.33. La bolsa del 5% es $16,666.67: tus 2/12 de cargas valen $2,777.78. Total: $6,111.11, muy por debajo del techo legal. Un compañero sin cargas y con los mismos días recibiría solo los $3,333.33 de la primera bolsa. Si entraste a mitad de año, tus 180 días reducen ambas proporciones exactamente a la mitad: la fórmula premia el tiempo efectivamente trabajado en el ejercicio fiscal.