¿Cuánto cuesta declarar tarde al SRI?
Un atraso tiene dos costos que se suman al impuesto original. La multa: 3% del impuesto causado por cada mes o fracción de mes de retraso — declarar un día tarde ya cuenta como un mes — con tope del 100% del impuesto. Y el interés de mora: la tasa mensual que el SRI publica cada trimestre (0.647% para autodeterminación en el primer trimestre de 2026), aplicada por cada mes o fracción sobre el impuesto pendiente.
¿Qué dice la ley?
El interés por mora consta en el Art. 21 del Código Orgánico Tributario y la multa por declaración tardía en el Art. 100 de la Ley de Régimen Tributario Interno. Presentar la declaración de forma voluntaria antes de que el SRI te notifique mantiene la sanción en su nivel mínimo; si el SRI detecta la omisión y te determina la deuda, la tasa de interés aplicable es mayor y pueden sumarse recargos. Las declaraciones en cero también deben presentarse: su multa es del 0.1% de los ingresos por mes, con reglas propias.
Ejemplo práctico
Debías pagar $500 de IVA y declaras con 3 meses de atraso. Multa: 9% del impuesto = $45. Interés: 0.647% × 3 meses = $9.71. Total a pagar: $554.71 — el atraso te costó $54.71, más del 10% del impuesto. Con 34 meses o más de retraso la multa toca su tope del 100%: pagarías más del doble del impuesto original. La lección es clara: si no tienes liquidez, declara igual a tiempo, porque la multa por no declarar supera con creces al interés de la deuda.